¿Qué es?
Cuando hablamos de contratación informática nos estamos refiriendo a la contratación de bienes o servicios informáticos. Bienes informáticos son todos aquellos componentes que forman el Hardware, como componentes físicos de un ordenador y sus periféricos o de una red, así como los elementos lógicos que hacen funcionar un ordenador o una red, o que se ejecutan en ellos y que forman el Software. Mientras que los servicios informáticos son todos aquellos que sirven de soporte y complemento a la actividad informática y tienen una estrecha relación con ella, como puedan ser los servicios de mantenimiento de Hardware y Software, diseño de aplicaciones, etc.
El problema de la contratación informática es que por la naturaleza compleja del bien o servicio objeto del contrato se hace necesaria la previa discusión entre las partes de una serie de cláusulas especiales que hay que tener en cuenta en el momento de la formación de la voluntad. Los contratos informáticos están formados por diferentes elementos que exigen la mezcla de dos o más tipos de contratos para poder configurar sus características.
Nuestros abogados están especializados en llevar a buen término las negociaciones contractuales con las empresas proveedoras de Software y Hardware con la finalidad de proceder a la firma del contrato deseado.